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RECLAMOS POR AFILIACIÓN A PREPAGAS

Ser afiliado a una prepaga implica tener acceso a un conjunto de prestaciones médicas establecidas por el Programa Médico Obligatorio (PMO) y la normativa vigente. Sin embargo, no es raro que estas empresas nieguen coberturas, demoren autorizaciones o impongan restricciones que afectan directamente la salud de sus afiliados.

En el Estudio Jurídico Sampaolesi acompañamos a las personas en estos reclamos, brindando asesoramiento para efectuar  reclamos ante las prepagas y, cuando es necesario, presentando amparos judiciales para garantizar que se respeten sus derechos. Esto incluye cobertura de medicamentos, tratamientos médicos, internaciones, terapias y procedimientos especiales.

En el Estudio Jurídico Sampaolesi te ayudamos a reclamar y, si es necesario, iniciar un amparo de salud para garantizar tu atención.

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DEFENDIENDO TUS DERECHOS FRENTE A LA EMPRESA

El marco legal de estas acciones se basa en la Constitución Nacional, en tratados internacionales de Derechos Humanos y en leyes específicas como la Ley de Medicina Prepaga (26.682), que obligan a las prepagas a garantizar el acceso efectivo a las prestaciones correspondientes. Cada reclamo que gestionamos busca que la empresa cumpla con su obligación, protegiendo la salud y la dignidad del afiliado.

En el Estudio Sampaolesi, entendemos que estos reclamos no son meros trámites administrativos: son la defensa de un derecho humano esencial, el derecho a recibir atención médica sin obstáculos, demoras ni negativas injustificadas. Nuestra misión es lograr que cada afiliado reciba lo que por ley le corresponde.

AFILIACIÓN DE MUJERES EMBARAZADAS

Las empresas de medicina prepaga no pueden rechazar la afiliación de mujeres embarazadas, ni imponer períodos de carencia que restrinjan su acceso a la atención médica. La Ley de Medicina Prepaga N.º 26.682 y el Programa Médico Obligatorio (PMO) establecen la cobertura integral del embarazo, parto y postparto, incluyendo controles médicos, estudios y tratamientos necesarios para garantizar la salud de la madre y del bebé.


En caso de negativa o dilación injustificada, es posible iniciar reclamos administrativos e incluso acciones judiciales para asegurar la afiliación y cobertura inmediata.

AFILIACIÓN DE PERSONAS CON ENFERMEDADES PREEXISTENTES

La normativa también protege a quienes presentan enfermedades preexistentes al momento de solicitar la afiliación. Las prepagas no pueden rechazar su ingreso ni aplicar sobreprecios abusivos que limiten el acceso a la cobertura médica.


En estos casos, la ley permite el cobro de una cuota adicional razonable, determinada de manera objetiva, pero nunca la exclusión de la persona ni la negación de tratamientos relacionados con su condición de salud.


Cuando estas obligaciones son incumplidas, corresponde iniciar reclamos y, de ser necesario, promover acciones judiciales para hacer valer el derecho a la salud.

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